I.E.E.
INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS
¿Qué es?
Según el Decreto Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas, los edificios plurivecinales a partir de los 50 años deben realizar un Informe de Evaluación de Edificios para verificar posibles deficiencias en los mismos.
En Andalucía, la obligación de realizar un Informe de Evaluación de Edificios (IEE) está establecida para edificios con más de 50 años de antigüedad y con una periodicidad de 10 años.
También es obligatorio para edificios que solicitan ayudas públicas para obras de conservación, accesibilidad o eficiencia energética.
El IEE lo tiene que realizar un técnico con titulación de arquitecto, aparejador, arquitecto técnico o ingeniero de la edificación; y consiste en un examen al edificio que realiza el técnico competente, y que dará lugar al correspondiente informe.
En Tineo contamos con técnico cualificado para la realización de Informes de Evaluación de Edificios así como de personal capacitado para llevar a cabo las actuaciones que se requieran: electricidad, albañileria, fontaneria, etc.
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